¿Cuál es valor fiscal de un inmueble?

valor fiscal de un inmueble

¿Cuál es valor fiscal de un inmueble?

El Valor fiscal de un inmueble. ¿Quieres conocer el valor fiscal?

Conocer el valor fiscal de un inmueble, es necesario, sobre todo al pagar un impuesto por un inmueble (ITP) y si declaras un precio más bajo del que Hacienda, puedes tener un problema con el fisco -te puede llegar una liquidación complementaria-. Es importante conocer el valor fiscal de los inmuebles. Si compras un inmueble a un particular, tienes que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITPO). En caso de que recibas un inmueble en herencia o donación, el impuesto que te toca pagar es el de Sucesiones y Donaciones (ISD). Tanto en uno como en otro, el importe depende del valor del inmueble. Y aquí está la miga del asunto: ¿cuál es su valor?, ¿Es posible modificar este valor?

¿Cuál es el valor fiscal de mi vivienda?

Esta es un pregunta que es muy repetida en las ocasiones en las que se pretende calcular los impuestos de un inmueble ya sea a la hora de adquirir una vivienda, o bien a la hora de una aceptación de una herencia. El valor fiscal de una vivienda, local, oficina, terreno o edificio, depende de cada comunidad autónoma. El Cálculo del valor real de los bienes inmuebles de naturaleza urbana a los efectos de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, conforme al medio de comprobación previsto en el artículo 57.1.b) de la ley 58/2003, General Tributaria, consistente en la aplicación de un coeficiente multiplicador al valor catastral del bien, aplicable a los bienes recogidos dentro del ámbito objetivo de la Orden que se apruebe con carácter anual a tales efectos, para devengos a partir del 1 de enero de 2013.

Te paso los siguientes por comunidades:

  • en Madrid , podemos obtener el valor fiscal a través de la página oficial que te marco en este otro post -consúltalo aquí
  • En Barcelona, se hace a través del siguiente enlace de valor fiscal de inmuebles de la Generalitat
  • En Comunidad Valenciana lo puedes hacer aquí . Distingue entre Castellón, Alicante, o Valencia.
  • En la Comunidad de Castilla La Mancha (Albacete, Cuenca, Toledo, Ciudad Real, Guadalajara) – Lo puedes obtener aquí
  • En la Comunidad de Castilla y Leon, -en este enlace– (León, Ávila, Burgos, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora)
  • En la Comunidad de Murcia. Aquí tienes un programa que te calcula el valor fiscal
  • En la Comunidad Andaluza, (puedes filtrar porAlmeríaCádizCórdobaGranadaHuelvaJaén,Málaga y Sevilla.) también puedes obtener el valor de un inmueble 
  • En la Comunidad de Extremadura, te dejo este enlace para la provincia de Extremadura, Cáceres y Badajoz
  • En Cantabria, también puedes obtener el valor de los inmuebles urbanos aquí
  • En Baleares, se puede obtener el valor fiscal de un inmueble aquí
  • En la Comunidad de Galicia, puedes filtrar por A Coruña, Lugo, Vigo, Orense, y Pontevedra aquí
  • En la Comunidad de La Rioja puedes también obtener el valor fiscal de tu vivienda aquí
  • En Asturias también existe un servicio de valoración online

Ahora bien, AHORA NECESITAS COMPARAR con el VALOR REAL DE MERCADO; si necesitas comparar el valor de mercado real online, -tasación oficial online de mercado- puedes consultar con la empresa IBEROTASA. Esta empresa realiza tasaciones de mercado online oficiales.

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Por último, ¿necesitas rectificar el valor fiscal de una vivienda?

En Ite-España venimos desde el año 2003, modificando el valor fiscal de todo tipo de inmuebles. En concreto el contribuyente puede, en el curso de un procedimiento de inspección abierto, rectificar el valor inicialmente otorgado a varios bienes inmuebles en el documento de autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones, en concepto de alegaciones, según establece el Tribunal Superior de Justicia, o bien mediante otro tipo de medios de tipo indirecto si no hay un procedimiento abierto. En este caso se debe realizar mediante la Dirección General del Catastro, y aportando una valoración a valor de mercado.

En Ite-España, nos encargamos de realizar AJUSTES DE VALOR de los inmuebles para modificar los VALORES FISCALES  de la Administración (valoraciones y tasación). Certificamos el valor razonable, y el valor tasación atendiendo a su valor real de mercado para operaciones de tasaciones contradictorias frente a las operaciones de ITPO, ISD en las herencias. Ponemos a su disposición los arquitectos expertos de nuestra SOCIEDAD DE TASACIONES, con el objetivo de cumplir con la documentación requerida por la normativa sobre Operaciones de Valor fiscal de los inmuebles. Mira nuestro dossier de cómo modificar el valor fiscal

Podemos modificarlo mediante un recurso de reposición ante la Gerencia Provincial del CATASTRO y en el plazo de un mes o tal vez de tres desde la notificación de de la nueva valoración catastral.

En caso de que tengas dudas sobre cómo reducir el valor fiscal, y la interposición de un recurso, consulta a nuestros expertos en las siguientes ciudades. En Madrid, estamos en Calle Gran Vía 40, 4ª planta, teléfono 915 325 926. En Barcelona, en Calle Balmes 188, teléfono 931 32 10 15. Y en Valencia, en la Calle Perfecto, 2, teléfono 961 059 861. Recuerda que ITE España es una sociedad de tasación (tasamos inmuebles, naves industriales, herencias, viviendas, pisos…) y también elaboramos informes periciales o te ayudamos en aspectos como las hipotecas multidivisa. Contacta en nuestra web o en el info@ite-espana.es.

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