¿Cómo realizar las liquidaciones en la compra de un inmueble? Evita tener problemas con hacienda
Las liquidaciones complementarias parecen no dar tregua, mediante la comprobación de valores, frente a los valores reales de compra.
En la mayoría de ocasiones, cuando hacemos una compra de un piso y realizamos la autoliquidación por ITP (Impuesto de Transmisión de Patrimonial) sobre el valor real de compra que hemos pagado por ese inmueble; nos encontramos con la llegada de una carta de la Administración de Hacienda -Agencia Tributaria- en la que nos reclama mucho más dinero en impuestos mediante una liquidación complementaria. Te damos algunos sencillos consejos para conseguir mermar el valor fiscal propuesto e incluso conseguir no pagar absolutamente nada.
¿Qué documentos son necesarios presentar para evitar la recepción de una carta de liquidación complementaria?
Solicitar Presupuesto de Tasación
Las liquidaciones complementarias parecen no dar tregua, mediante la comprobación de valores, frente a los valores reales de compra.
En la mayoría de ocasiones, cuando hacemos una compra de un piso y realizamos la autoliquidación por ITP (Impuesto de Transmisión de Patrimonial) sobre el valor real de compra que hemos pagado por ese inmueble; nos encontramos con la llegada de una carta de la Administración de Hacienda -Agencia Tributaria- en la que nos reclama mucho más dinero en impuestos mediante una liquidación complementaria. Te damos algunos sencillos consejos para conseguir mermar el valor fiscal propuesto e incluso conseguir no pagar absolutamente nada.
¿Qué documentos son necesarios presentar para evitar la recepción de una carta de liquidación complementaria?
Solicitar Presupuesto de Tasación
#1.el previo: La Tasacion, fundamental para evitar la comprobación de valores
Lo primero, haz una tasación en el momento de compra del inmueble que justifique:
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Estado actual
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Estado de conservación
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Superficies reales
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Valor real medio de mercado.
#2. ¿Qúe otra documentación debo presentar para una liquidación en ITP?
Procedimiento Impuesto de Transmisiones Patrimoniales:
- Cumplimentar el modelo 600, de la Administración de Hacienda. más info modelo 600.
- Pago del impuesto de Transmisión Patrimonial.
- Presentación de las diligencias de la documentación en las Oficinas de Atención al contribuyente competente en materia de Hacienda, o bien en el Registro de la propiedad
- Escritura, y nota simple, además aportarlo con el modelo 600 con el justificante de presentación en la Oficina Gestora que servirán de título suficiente para acceder a los registros correspondientes.
¿Donde presentar la autoliquidación?
Oficina liquidadora, o Registros de la Propiedad de cada municipio. (Oficinas liquidadoras en Valencia)
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Oficinas liquidadoras Cataluña
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Oficinas liquidadoras Comunidad de Madrid
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Oficinas liquidadoras en Valencia
4.- Otros supuestos. Acreditativos de la adquisición:
Además de la escritura, y nota simple, además aportarlo con el modelo 600 con el justificante de presentación en la Oficina Gestora que servirán de título suficiente para acceder a los registros correspondientes. Existen algunos supuestos especiales que deberás tener en cuenta:
En los supuestos en que el sujeto pasivo no haya realizado previamente operaciones con trascendencia tributaria en España, autorización cumplimentada para el acceso a los datos personales de identidad o, en su defecto, original del NIF o NIE. NIF provisional expedido por la AEAT o fotocopia del modelo 036 de alta
DOCUMENTACIÓN A APORTAR, SIEMPRE QUE SE DECLAREN EN LA TRANSMISIÓN:
– Original y copia del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al año de la transmisión de cada uno de los bienes inmuebles incluidos en la transmisión.
-En los supuestos de consolidación del dominio:
– Copia del documento donde se produjo la desmembración del dominio,
– Autorización cumplimentada para el acceso a los datos personales de identidad del usufructuario o, en su defecto, copia del NIF o NIE del mismo.
En el supuesto de que el usufructo se hubiera extinguido por fallecimiento del usufructuario, se adjuntará original y copia del certificado literal de defunción del usufructuario.
Siguiente post interesante….
¿Cómo hacer ante una autoliquidación complementaria en la compra de una vivienda?
La llegada de una complementaria, y de esa liquidación de hacienda una vez ya has tributado por el valor real de compra supone un quebradero intelectual.
Te voy a dar unas ideas prácticas y sencillas, que seguro ya conoces, para poder obtener una reducción en los valores frente a las comprobaciones de valores. Las alegaciones y recursos, en primer lugar, y las actuaciones ante el TEAR, como segunda opción son las opciones más directas. En último lugar siempre podremos actuar por vía jurisdiccional en un Contencioso Administrativo.
Las Alegaciones en los impuestos de transmisiones patrimoniales, liquidaciones complementarias. Toma nuestro modelo de alegación. Un modelo con Éxito
En el primer camino, podremos realizar unas las alegaciones. Arturo Martín, director técnico en ITE-ESPAÑA comenta, -en la mayoría de los casos, todo el mundo suele alegar que el precio pagado por la vivienda no corresponde con el valor propuesto por la administración impugnando estos valores sobre el cálculo de las mismas. Esto es un error- .
Las alegaciones frente a la comprobación de valores deben de ir encaminados a resolver discrepancias de tipo cualitativo como por ejemplo resaltar incorrecciones sobre superficies reales (un caso muy común es que el catastro toma superficies más elevadas a las reales), estado de conservación de la vivienda, si resulta que el inmueble está en una planta diferente a la que muestra el catastro, o por ejemplo, sí el está en mal estado y necesita reforma. En la mayoría de casos, se ha de proceder a aportar un informe técnico (tasación pericial, comprobación de superficie, o certificado de estado de conservación) que apoye nuestros argumentos. Es fundamental aporar prueba técnica para que nos hagan caso.
