Tasador de obras de arte -Valor de adquisición-

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Tasador de obras de arte -Valor de adquisición-

Tasador de obras de arte: Obtención del valor de mercado.-LA VALORACION DE OBRAS DE ARTE-

OBTENCION DEL VALOR DE MERCADOLas obras de arte han de ser tasadas según su valor razonable para la AEAT

Un tasador de obras de arte y antigüedades experto es fundamental para obtener la valoración correcta para AEAT en las transacciones del mercado del arte

El objeto de declaración del valor de adquisición de las OBRAS de Arte, deben declararse, mediante una descripción sucinta, los objetos de arte y las antigüedades no exentos, cuya titularidad corresponda al declarante mediante el Modelo 714. Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.  A efectos de este Impuesto se entiende por:

  • Objetos de arte: las pinturas, esculturas, dibujos, grabados, litografías u otros análogos, siempre que, en todos los casos, se trate de obras originales.
  • Antigüedades: los bienes muebles, útiles u ornamentales, excluidos los objetos de arte, que tengan más de cien años de antigüedad y cuyas características fundamentales no hubieran sido alteradas por modificaciones o reparaciones efectuadas durante los cien últimos años.

La relación de objetos de arte y antigüedades que no deben declararse, se explica en el epígrafe “Bienes y derechos exentos” de esta ayuda.

Valoración

La valoración de estos bienes se efectuará por su valor de mercado en la fecha del devengo del Impuesto.

frente a la Administración en la adquisición de bienes y derechos por herencia o adquisición debe ser a VALOR REAL DE MERCADO, del legado o cualquier otro título sucesorio y, salvo los supuestos expresamente regulados en el artículo 17.2 a) de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras normas tributarias.

Es por ello que en ITE-ESPAÑA, y sus Tasadores expertos en obras de arte, recomendamos realizar las valoraciones mediante un estudio de mercado que pueda permitir sentar la base de la liquidación del modelo 714 necesario para la tributación del patrimonio adquirido y que será reflejado en el modelo  conforme a los criterios marcados por  la Norma 3 del Anexo al Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las Normas Técnicas de Valoración; la cual marca el PRECEPTO en el que el valor de los bienes que parte de tomar como referencia el valor de mercado, “sin que en ningún caso pueda exceder de éste”. Por ello, es necesario que puedas hacer una valoración de mercado realizada por un Tasador de obras de arte

REDUCIR LA BASE DEL HECHO IMPONIBLE ES LA CLAVE DETERMINACION DEL VALOR DE MERCADO REAL DE LAS OBRAS DE ARTE

1º.- Determinación del valor de la liquidación.  La relación de bienes comprende la valoración del ajuar domestico, de todos los bienes y los derechos que se adquieran deben estar debidamente valorados, enumerados a modo de inventario con el fin de permitir evaluar/tasar el caudal de la masa hereditaria para obtener la liquidación a valor de mercado como techo límite.

Tasación de pisos oficial

Tasador de Obras de Arte, antigüedades, y otro tipo de bienes

ARQUITECTO TASADOR

Experto en valoraciones en Obras de Arte, joyas, y demás bienes de valor efimero.

Modelo 714. Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio¿Cómo declarar correctamente el valor del patrimonio en las obras de arte, joyas y antigüedades?

En la liquidación del Modelo 714. Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio ;  cabe señalar que el valor que se le otorgue a los bienes (pintura, escultura, obras efimeras, obras de arte, antigüedades, etc..) deben ser tomados con respecto a su valor de mercado real en el momento en el que se produzca el hecho imponibles.

Concretamente, en la Norma 3 del Anexo al Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las Normas Técnicas de Valoración y el Cuadro Marco de Valores del Suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana, se establece una metodología general para el cálculo del valor catastral, que parte de tomar como referencia el valor de mercado, “sin que en ningún caso pueda exceder de éste”. Ese valor de mercado obtenido tras los análisis y conclusiones de los estudios que se realicen de conformidad con esta norma por un Tasador de obras de arte, servirá de base para determinar los valores de mercado de las obras de arte según, artista y cotización, tamaño de la obra de arte, trayectoria del artista, técnica pictórica, etc… Y, si se pone de manifiesto la escasa entidad del mercado a nivel local del artista, podrá redactarse un estudio de coste por las horas empleadas, materiales, y dificultad del su ejecución -Método de coste-. mediante los estudios y análisis estadísticos que correspondan, establecerán los valores de referencia que puedan reflejar el mercado real de precios de adquisición de las obras de arte

PLAZOS DEL PROCEDIMIENTO. .-6 meses

PLAZOS DE PRESENTACION: La Administracion requerirá a los propietarios por 6 meses, para que presente la relación valorada del inventario objeto de liquidación de la herencia o donación.

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Perito Judicial experto en expropiaciones

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Informes de Tasación y valoración de todo tipo de bienes objeto de una expropiación. Hoja de aprecio.

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La valoración de las obras de arte a su -valor de mercado- nos ha permitido comunicar correctamente la base imponible a Hacienda de la adquisición de las colecciones de arte adquiridas.

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