Caso de éxito: la ATV acepta nuestra tasación pericial sin designar perito tercero
La ATV acepta nuestra tasación pericial sin necesidad de designar perito tercero
Dos expedientes correspondientes a los dos copropietarios de un mismo inmueble concluyeron con la aceptación por la Agència Tributària Valenciana del valor determinado en el dictamen del perito de los contribuyentes.
Resultado documentado
El expediente
El caso corresponde a un matrimonio, copropietario del mismo inmueble. La Administración tramitó expedientes separados para cada sujeto pasivo. En ambos, la valoración administrativa inicial ascendía a 413.023,86 €, frente a un valor declarado de 322.000 €.
La ATV determina inicialmente un valor de 413.023,86 €.
Tras la documentación aportada, la valoración administrativa se reconsidera y queda en 367.919,91 €.
Se promueve Tasación Pericial Contradictoria y se aporta dictamen del perito de los contribuyentes por 334.549,56 €.
La ATV acepta el valor del perito de parte y termina los procedimientos sin designación de tercer perito.
¿Por qué no fue necesario un perito tercero?
Las resoluciones aplican el artículo 135.2 de la Ley General Tributaria. Cuando la diferencia entre la valoración del perito de la Administración y la practicada por el perito del obligado tributario se encuentra dentro de los límites previstos legalmente, la valoración que sirve de base es la del perito designado por el contribuyente.
En estos dos expedientes, la propia resolución administrativa declara que se acepta el valor del perito del sujeto pasivo.
De 413.023,86 € a 334.549,56 €
La diferencia entre la valoración administrativa inicial y el valor pericial finalmente aceptado asciende a 78.474,30 €, aproximadamente un 19 % menos.
Frente al valor administrativo resultante después del recurso, la tasación pericial supuso una reducción adicional de 33.370,35 €.
Qué acredita este caso
Una pericial útil no consiste únicamente en ofrecer una cifra alternativa: debe justificar técnicamente el valor propuesto.
La vía utilizada debe corresponder al acto administrativo concreto y a la normativa aplicable al expediente.
En este caso existen dos resoluciones administrativas que documentan la aceptación del valor pericial aportado.
Nota: el caso se publica anonimizado. El resultado de un expediente concreto no garantiza el resultado de otros procedimientos; cada supuesto depende de sus circunstancias, documentación, fechas y régimen jurídico aplicable.
¿Ha recibido una comprobación de valor o una liquidación?
Analizamos el expediente y determinamos qué prueba técnica y qué procedimiento de valoración resultan adecuados.