qué gastos puedo imputar en la renta en la venta de una vivienda en renta 2019 IRPF
En diciembre de 2018 vendí una casa de mi propiedad. A la hora de declarar la venta a Hacienda, ¿puedo incluir, además de los gastos de adquisición y los de venta, los gastos derivados?
Toda persona que venta un inmueble está sujeta a tributación por el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) y por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) o también conocido como plusvalía municipal.
CLAVE 01 -QUÉ GASTOS PUEDO IMPUTAR EN LA RENTA
Al declarar la venta de una vivienda en la renta, podemos imputar el coste de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos -reformas- los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluidos los intereses, que hubieran sido satisfechos por el comprador de la vivienda.
TASACION GASTOS IRPF ECONOMISTA
VALORACION DE LOS GASTOS EN EL IRPF
Conocer qué gastos puedo imputar en la renta en la venta de una vivienda en renta 2019 IRPF es una de las prácticas más importantes a la hora de deducir los gastos imputables en el rendimiento generado por la venta de una vivienda. Es por ello que recomendamos poder encargar un informe económico de valoración de las cantidades invertidas en el inmueble desde el momento de la compra hasta el momento en el que se produce la transmisión de la vivienda.
Este informe de tasación debe dejar claro el valor de mercado de las diferentes actuaciones realizadas en el inmueble, sin que supere el valor de mercado tal y como marca el reglamento de valoraciones. En ITE-ESPAÑA
GASTOS IMPUTABLES -IMPUESTOS Y TRIBUTOS
Respecto a los gastos y tributos inherentes a la adquisición, de acuerdo con el criterio de este Centro Directivo en diferentes consultas tributarias (consultas vinculantes V2584-16 y V0131-04), éstos son aquellos tales como, entre otros, los gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría, abogado, Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana correspondiente a la vivienda y satisfecho en la adquisición, y los gastos por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
PERITO JUDICIAL ECONOMISTA
ECONOMISTA VALORACIONES DE GASTOS EN EL IRPF
GASTOS IMPUTABLES -FINANCIACION E INTERESES-
Los intereses de los capitales ajenos invertidos en la adquisición, derecho o facultad de uso y disfrute del que procedan los rendimientos, y demás gastos de financiación, así como los gastos de reparación y conservación del inmueble.
El importe total a deducir por estos gastos, no podrá exceder para cada bien o derecho de la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos. El exceso se podrá deducir en los cuatro años siguientes.
GASTOS IMPUTABLES -REFORMAS-
Los intereses gastos invertidos en la mejora del bien -REFORMAS-, derecho o facultad de uso y disfrute del que procedan los rendimientos, y demás gastos de financiación, así como los gastos propios de reparación.
GASTOS IMPUTABLES -CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO-
Los gastos por mantenimiento de la vivienda vendida, -CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO-, derecho o facultad de uso y disfrute del que procedan los rendimientos, y demás gastos de financiación.