Liquidaciones complementarias en ITP anuladas x ITE-ESPAÑA!

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Estimados amigos, y clientes, hoy hemos recibido la comunicación por “el allanamiento” por parte de la Administración, de los asuntos e informes periciales que desde nuestra SOCIEDAD DE TASACIONES expertos en fiscal tributario, hemos realizado interviniendo de manera directa frente a los recursos y reclamaciones realizadas ante TEAR, y mediante los procedimientos con prueba pericial contradictoria practicada.

“Se actuaba contra el criterio del Tribunas superior de justivcia anteriores sentencias sobre las liquidaciones complementarias”

Con esta decisión se evitará el sufrimiento y la incertidumbre de miles de personas, abocadas, las que tenían recursos económicos -que llevamos en nuestro despacho- para ello, a acudir a los tribunales para rechazar un sistema de comprobación de valores que, no obstante, está previsto en la ley”.

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Liquidaciones complementarias en ITP anuladas x ITE-ESPAÑA!

Estimados amigos, y clientes, hoy hemos recibido la comunicación por “el allanamiento” por parte de la Administración, de los asuntos e informes periciales que desde nuestra SOCIEDAD DE TASACIONES expertos en fiscal tributario, hemos realizado interviniendo de manera directa frente a los recursos y reclamaciones realizadas ante TEAR, y mediante los procedimientos con prueba pericial contradictoria practicada.

“Se actuaba contra el criterio del Tribunas superior de justivcia anteriores sentencias sobre las liquidaciones complementarias”

Con esta decisión se evitará el sufrimiento y la incertidumbre de miles de personas, abocadas, las que tenían recursos económicos -que llevamos en nuestro despacho- para ello, a acudir a los tribunales para rechazar un sistema de comprobación de valores que, no obstante, está previsto en la ley”.

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La Conselleria tendrá que volver a definir su método de valoración para afinarlo. Mientras, tendrá que renunciar a unas comprobaciones a las que se lanzó la pasada legislatura buscando ingresos. El Gobierno valenciano, con el aval de la Abogacía, llevaba más de 15 de años pleiteando con los propietarios por los diferentes métodos empleados en la comprobación de valores de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana en el ámbito de ITPyAJD (Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) y SyD (Sucesiones y Donaciones).

La administración de hacienda ha destacado que por primera vez desde el año 2000, se “asume plenamente el criterio planteado por el tribunal, que reclama que las comprobaciones no se venían realizando mediante la visita efectiva de los tasadores a los inmuebles, y ha sido finalmente desde la delegación de HAcienda “no seguir litigando en los procedimientos”. De este modo, se allanará o desistirá, según los casos, en los asuntos que ya están en el TSJCV y asumirá las resoluciones que adopte el TEAR, con lo que no recurrirá éstas ante al alto tribunal valenciano.

Gracias por el apoyo y confianza de todos.

Arturo Martínd de las Mulas. Director territorial en ITE-ESPAÑA

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