Aplazamiento seguridad social, ¿Cómo obtenerlo?

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Aplazamiento seguridad social, ¿Cómo obtenerlo?

¿aplazamiento seguridad social mediante una tasación. Cómo obtenerlo?

Aplazar deudas y pagos de aplazamiento seguridad social es una buena alternativa para obtener financiación. Desde octubre de 2015 se pueden conseguir aplazamientos de deudas de hasta 30.000 euros sin aportar garantías. Sin duda, esta opción es más ventajosa que financiar el pago en entidades bancarias que cobran mayores intereses o comisiones de apertura o estudio que encarecen la operación.

En esta artículo analizaremos las cuestiones fundamentales a considerar para aplazar deudas con la Seguridad Social.

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Cuándo y cómo se pueden aplazar deudas con aplazamiento seguridad social

El aplazamiento o fraccionamiento se puede solicitar en cualquier momento, desde que se inicia el período voluntario de pago de un impuesto hasta su fecha de vencimiento. Incluso después, una vez iniciado el período ejecutivo, en caso de no haber podido pagar a tiempo. Eso sí, cuando La Seguridad Social inicia el procedimiento de embargo ya no es posible pedir el aplazamiento. En esos casos, será necesaria una negociación especial.

aplazamiento seguridad social GARANTIA TASACIONEl aplazamiento con Garantías avaladas

El aplazamiento deberá asegurarse mediante garantía suficiente para cubrir el importe principal de la deuda mediante una tasación de garantía para la Seguridad Social, recargos, intereses y costas, salvo en los siguientes supuestos:

  • Cuando el solicitante sea la Administración General del Estado, una comunidad autónoma, una entidad de la Administración local u organismos o entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculados o dependientes de cualquiera de tales Administraciones, siempre que no actúen en el tráfico jurídico bajo forma societaria mercantil.
  • Cuando el total de la deuda aplazable sea igual o inferior a 30.000 euros, o cuando, siendo la deuda aplazable inferior a 90.000 euros, se acuerde que se ingrese al menos un tercio de la deuda antes de que hayan transcurrido 10 días desde la notificación de la concesión y el resto en los dos años siguientes.
  • Cuando se trate de deuda correspondiente a prestaciones indebidamente percibidas que no hubieran sido satisfechas dentro del plazo o de los plazos reglamentarios fijados al efecto, siempre que el sujeto responsable de su reintegro mantenga su condición de pensionista de la Seguridad Social.
  • En los aplazamientos en que, por concurrir causas de carácter extraordinario que así lo aconsejen, el Secretario de Estado de la Seguridad Social autorice expresamente la exención de garantías, previa propuesta favorable del Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

En estos supuestos, aún cuando no sea necesaria la constitución de garantías suficientes, se mantendrá la anotación preventiva del embargo que se hubiere producido.

Qué Garantías puedo presentar para el aplazamiento seguridad social

Esta garantía puedes presentarla mediante una valoración inmobiliaria o una tasación específica que represente la garantía de la deuda a aplazar. Esta tasación bien puede ser:

  • Tasaciones de los muebles
  • Tasación de pisos, locales, o bien inmuebles propiedad del interesado.
  • Tasaciones de páginas web.
  • Tasación o valoración de los vehículos o bien,
  • La valoración de una marca o bien cualquier intangible que disponga para su valoración.

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Aplazamiento de una liquidación tributaria. ¿Dónde se solicita?

  1. La solicitud se dirigirá a la Administración de la Seguridad Social -oficinas de la Seguridad Social encargadas, entre otras funciones, de la recaudación de las cotizaciones- o a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en la provincia en que el empresario o autónomo tenga autorizada la cuenta de cotización o, en su defecto, en la que el mismo tenga su domicilio. Se puede presentar presencialmente, por correo postal o a través del registro de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, si dispone de certificado digital.

Se puede solicitar al presentar el modelo a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Tendrás que marcar la opción “Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento” y hacer click en Firmar y enviar.

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