Cómo reducir el impuesto del IBI -catastro-

Cómo reducir el impuesto del IBI -catastro-

Cómo reducir el IBI de naturaleza urbana.

Actualmente existen varías maneras clásicas de reducir el impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana -IBI- de los valores catastrales de los inmuebles de un municipio. Por un lado está la posibilidad de solicitar una nueva Ponencia de Valores desde el Ayuntamiento a Catastro y por otro que el Ayuntamiento solicite una revisión de los valores catastrales al amparo de lo recogido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

En Madrid, el IBI ha sido reducido ya de manera considerable por medio de la administración – puedes ver aquí esta noticia- considerablemente.

En qué casos debes reclamar el impuesto municipal de la contribuciónl IBI

Si, por ejemplo, detecta un error en la superficie de alguno de sus inmuebles, al aparecer como superior a la real. En este caso, «necesitará un levantamiento topográfico en el que se han de utilizar las mismas referencias que tiene el Catastro», explica Arturo Martín

Incluso en el caso de que el nuevo valor catastral sea superior al de mercado, deberá demostrar ese error mediante una tasación realizada por un perito profesional. Porque si la última revisión catastral se realizó hace muchos años, «es normal que ahora suba el importe del impuesto, porque se ha actualizado ese valor del inmueble.

Aunque el valor catastral deba encontrarse por debajo del de mercado, en una situación económica como la actual, con muchas zonas afectadas por la crisis inmobiliaria, pueden surgir casos en los que el valor catastral se encuentre por encima del valor real

¿Cómo se realiza?

Nosotros podemos reducir el impuesto del IBI mediante un recurso de reposición, adjuntando una valoración de Ite-españa que argumente correctamente el valor de mercado real como valor razonable en base a la legislación u ante la gerencia provincial del catastro y en el plazo de un mes o tal vez de tres desde la notificación de de la nueva valoración catastral. Y si no estás en plazo puedes intentarlo mediante un escrito de reclamación ante el mismo organismo.

¿Dónde lo puedes presentar?

Una vez preparada la documentación puedes presentarlo en cualquiera de los siguientes:

La notificación electrónica tiene plena validez, produce todos los efectos legales de una notificación y no vincula al ciudadano para otras notificaciones futuras.

El inicio de la distribución de las cartas con la clave de acceso y, por lo tanto, de la comparecencia en la SEC está previsto a finales de agosto de 2016.

B) Notificación por comparecencia presencial en una oficina de la Administración

Si por cualquier circunstancia no dispone de la carta con la clave de acceso para obtener la notificación electrónica, puede solicitar una notificación por comparecencia presencial, acudiendo a las mismas oficinas anteriores.

Si es titular catastral debe llevar el documento que acredite su identidad. Si no lo es, debe llevar, además de su documento de identificación, la correspondiente autorización del titular catastral.

C) Notificación postal con acuse de recibo

A los interesados que no hayan sido notificados por comparecencia electrónica o presencial se les enviará a su domicilio una notificación postal con acuse de recibo.

REDUCE EL RECIBO DEL IBI

Pero, ¿qué ocurre si queremos realizar una reducción del IBI a instancia del particular, en un momento concreto?.

Para tal fin, existe una fórmula que estamos continuamente desarrollando con todos nuestros clientes. Desde Ite-España que a nosotros nos gusta mucho más, ya sea por lo efectiva, ya sea por su sencillez.

La revisión de los valores, recomendada por nosotros, y por el propio Catastro, es la única herramienta eficaz para la adecuación de los valores catastrales al valor real de mercado, con el beneficio añadido de su aplicación con fecha 1 de enero de 2017.

Ante la posibilidad de disminuir el recibo de la contribución IBI, mediante la ponencia de valores, hemos de reflexionar que la modificación de la ponencia dejaría inalterables por espacio de cinco años los valores catastrales de las viviendas, frente a la posibilidad que defiende Ite-españa y su equipo de tasadores, de que la revisión de esos valores, de acuerdo con la realidad actual del mercado inmobiliario, puedan revisarse anualmente a través de las valoraciones de parte que realiza en exclusiva nuestra Sociedad de Tasaciones.

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